| 11 ENERO 2011

El Art. 73 de nuestra Constitución Provincial asegura el LIBRE ACCESO CON FINES RECREATIVOS A LAS RIBERAS, COSTAS DE LOS RÍOS, MARES Y ESPEJOS DE AGUA DE DOMINIO PÚBLICO, derecho que se encuentra garantizado también por la Ley Provincial 3365.
El fallo del Superior Tribunal de Justicia en el Expte. Nº 21690/06 de fecha 30.07.09 dice: "...Sin perjuicio de la resolución que se adopta es necesario asegurar que el camino constituido mediante la servidumbre, así como el trayecto preexistente que nace en el paraje Tacuifi queden en el ámbito de la responsabilidad de VIARSE, sin perjuicio además de la intervención que le corresponde al CODEMA y demás organismos competentes para asegurar el acceso al Lago Escondido con adecuada señalización y asegurando la transitabilidad con el debido cuidado de la normativa nacional (ley 22.351) y ley 25675 (general del medio ambiente) en cuanto fueren aplicables y demás normativa provincial referida a las áreas naturales protegidas ....."
Por Cédula se comunicó a la amparista Dra. Odarda la resolución que decía que: ..."A los fines de la inspección ocular en: a) el camino constituido por la servidumbre convencional registrada, conforme fs. 91/92 del Expte. 17.992 letra T 1999 del Ministerio de Gobierno, incluido el sendero de montaña, b) el camino vecinal que une El Foyel con el Lago Escondido, por las servidumbres registradas (art. 65 de la ley Q 279) conforme fs. 429/430 del incidente, y c) toda la ribera del Lago, a fin de determinar otras alternativas de acceso al mismo."... fijando los días 7 y 8 de enero de 2011 para tal inspección. Posteriormente, se postergó la realización del punto b para una fecha a determinar luego de la Feria Judicial.

El juez y personal del Poder Judicial verificaron en primer término el final de la senda de montaña sobre la margen del Lago Escondido y la situación de las construcciones sobre la costa. Para esto el Juez debió acceder al lago por el camino privado de la empresa y desplazarse en una embarcación provista también por Hidden Lake, ya que no es posible acceder por el camino público de Tacuifi como establece el fallo. La amparista, Dra. Odarda, no participó en esta actividad. El amparo reclama asegurar el libre acceso por camino público, y lo que describo demuestra que esto sigue siendo imposible. De acuerdo con lo que comentó, el Juez observó que las costas son escarpadas y existirían solamente dos playas, una a la cual llega la senda y la otra, a la cual llega el camino pre existente , ahora de uso exclusivo de la empresa.
La otra parte del fallo habla del sendero de montaña que la empresa pretende hacernos creer que es el acceso público que garantiza la ley.

Personalmente, no me cabe duda de que toda la senda podría ser un paseo para Charly Galosi (http://www.bariloche2000.com/la-ciudad/informacion-general/56271-el-sabado-intentaran-record-de-velocidad-en-el-aconcagua.html) pero para cualquier persona que quiera llegar a la costa "con fines recreativos" se complica un poco, sobre todo si no tenemos su estado físico. Según jóvenes de Bolsón que recorren los refugios, hasta el Lago Soberanía, primer pernocte, son 17 horas de caminata.
También contamos con las valiosas descripciones de quien tuvo un refugio en la zona, que fue quemado hace tiempo, y que conoce muy bien las características de este camino que seguramente se categoriza con una dificultad alta.
El Juez atravesó la primera pasarela, pero al observar el estado de la segunda, que es mucho más larga y está en peores condiciones, decidió dar por terminada la constatación. Ni siquiera se pudo comenzar a transitar la huella, pese a la caminata de unos 3 km hasta el primer cruce, para la cual la empresa Hidden Lake gentilmente ofreció una camioneta 4x4 . Desde luego cualquier persona que quiera llegar al Lago Escondido por ese sendero de supuesto acceso público no contaría con esa comodidad.
Quedó para una fecha a determinar en febrero la verificación de los trabajos que dice haber realizado el CODEMA, donde participarán representantes a designar por el Poder Judicial, la amparista y las organizaciones. Para tal eventualidad, uno de mis compañeros con entrenamiento de montaña tomará mi lugar, ya que yo no me arriesgaría a ejercer mi derecho de libre acceso a la costa por esa huella. Hay que tener en cuenta también que se regresa por el mismo camino.
Al volver del fallido intento de recorrer el sendero, fuimos profusamente fotografiados por gente que no se identificó y que pertenecería a medios parciales a la empresa, en una actitud intimidatoria bastante habitual y que ya conocemos. Quienes participamos somos todos ciudadanos conocidos, nuestra foto, nuestros reclamos y nuestros nombres, como los de otros muchos, suelen aparecer en distintos actos, y no ocultamos nuestra cara, nuestra identidad ni nuestra militancia en defensa de los derechos y del bien público.
Acompañan a la presente algunas fotos que tomé, con solicitud también de publicación.
Agradezco la difusión de estos comentarios, y saludo atentamente,
Ana Wieman – Asociación Civil Árbol de Pie Pers. Juríd. Pcial. 2589
Vecinos en Defensa de Bahía Serena y las Costas Libres
No hay comentarios:
Publicar un comentario