Hola, hago llegar para la correspondiente difusión, la nota que hemos presentado
a la Cooperativa de Electricidad Bariloche.
Motiva la misma la falta de respuesta a nuestra solicitud de autorización para realizar
una visita al depósito donde tienen almacenados 11 transformadores contaminados
con PCB desde que fueron retirados de la vía pública, hace más de 10 años.
A pocos metros del galpón existe una escuela primaria y un jardín de infantes.
Al día siguiente de presentada la nota sacaron a los medios una desmentida
institucional, declarando que no tienen transformadores con PCB. Pero se vieron
obligados a desdecirse poco después, ya que esto está documentado. No están
en uso, sino guardados, y no sabemos en qué condiciones.
Agradecemos su difusión.
Saludos cordiales
Ana Wieman - secretaria
Bariloche, 28 de mayo
de 2012
Presidente de Cooperativa de
Electricidad Bariloche
Dr. Rodolfo Rodrigo
Presente
TRANSFORMADORES DE LA CEB CON PCB
De nuestra consideración:
Con
fecha 18 de noviembre de 2011 dirigimos a usted una nota solicitando
información sobre los transformadores con PCB sin descontaminar, que según nos
había indicado el Sr. Rodolfo Vázquez,
estaban depositados en el galpón que la Cooperativa posee en Puerto Moreno.
Dicha
nota fue parcialmente contestada el 12 de diciembre de 2011, sin informarnos el
número de registro de la CEB que debía ser otorgado por el órgano de aplicación
de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 3660, en caso de haber cumplido con
dicha ley.
El
19 de diciembre entregamos una nueva nota, solicitando autorización para
efectuar una visita al depósito donde se encuentran almacenados, de acuerdo con
lo que usted reconoce en su respuesta, en Puerto Moreno.
Ante
su silencio, reiteramos el pedido de visita el día 8 de febrero de 2012 que
sigue sin respuesta a la fecha.
En
vista de la evidente intención de no responder a nuestro requerimiento, hemos
solicitado la intervención de la Legisladora Provincial, Dra. Magdalena Odarda,
quien fue informada por la Secretaria de Medio Ambiente de la Provincia que no
consta en los registros del ex CODEMA que la CEB tuviera en depósito,
transformadores con PCB.
Esto
nos hace pensar que esa es la razón por la cual no se nos hizo llegar número de registro, lo cual estaría violando
la Ley 3660.
De
acuerdo con lo expuesto en la Disposición 071-SOYSP-02, la CEB supuestamente “se encontraba haciendo las tramitaciones
ante la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, en cumplimiento
de lo dispuesto por la Ley 24051, para la obtención del Certificado Ambiental,
y ante el Consejo provincial de Ecología y Medio Ambiente de la Provincia de
Río Negro, y según informa la CEB Ltda., encontrándose ésta en etapa de
tramitación”.
En
este contexto, la Municipalidad de Bariloche autorizó el depósito de los
transformadores contaminados con PCB como indica la citada Disposición, con
carácter de “provisorio”.
Según
lo establece la Ley Q 3660 de fecha 02-08-2002:
En tal caso, los poseedores de PCBs, deberán
iniciar las gestiones necesarias, a los fines del traslado a los centros nacionales o internacionales aptos para su
eliminación, debiendo hacerse efectivo el mismo, dentro de los veinticuatro
(24) meses de publicada la presente ley en el Boletín Oficial.
Por
lo tanto, ante el silencio que implica negativa de su parte, reiteramos el
pedido urgente de visita al depósito de la Cooperativa, y la información que
hasta la fecha no fue proporcionada por usted.
Intimamos
a usted para que en el plazo de 48 hs, proceda a habilitar una visita de los
abajo firmantes a los depósitos de Puerto Moreno de la CEB a los fines antes indicados,
bajo apercibimiento de iniciar la denuncia judicial correspondiente ante la
Fiscalía Penal Federal en base al principio precautorio. Queda usted
debidamente notificado.
Ley 1829 Pcia. de
Río Negro – Libre Acceso a la Información
Pública
Artículo 5º.- Los funcionarios responsables que
arbitrariamente y sin razón que lo justifique no hicieren entrega de la
información solicitada o negaren el acceso a sus fuentes, la suministraren
incompleta, u obstaculizaren en alguna forma el cumplimiento de los objetivos
de esta ley serán pasibles de las sanciones de apercibimiento, suspensión,
multa que no supere la asignación de un mes de sueldo, o cesantía.
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